La candidatura de Mariana Prado ya no puede ser legalmente sustituida, pese a las presiones de sectores sociales que exigen su renuncia. El calendario electoral cerró los plazos para reemplazos por esta causa.
Sectores sociales afines a Andrónico Rodríguez pidieron en las últimas horas la renuncia “voluntaria” de Mariana Prado, candidata a la vicepresidencia por Alianza Popular. Sin embargo, la normativa electoral vigente impide su reemplazo por esta causal, debido a que los plazos establecidos por el calendario del Tribunal Supremo Electoral (TSE) ya vencieron. De acuerdo con el artículo 108 de la Ley 026, solo es posible sustituir candidaturas por inhabilitación, fallecimiento, impedimento permanente o incapacidad total.
Pese a este marco legal, organizaciones como la Federación de Trabajadores Campesinos de La Paz «Túpac Katari» advirtieron que retirarán su apoyo a Alianza Popular si Prado no dimite. Argumentan que la renuncia permitiría iniciar una nueva postulación, aunque expertos sostienen lo contrario. “Ya legalmente no es posible bajar un nombre simple a petición”, afirmó el analista Carlos Cordero. El plazo para sustituciones por renuncia venció el 3 de julio, y Prado ya fue inscrita y habilitada como candidata por el TSE.
Desde el ente electoral, el vocal Tahuichi Tahuichi confirmó que las únicas vías aún habilitadas para la sustitución de candidaturas son fallecimiento, impedimento permanente, sentencia ejecutoriada o inhabilitación. Estas causales son válidas hasta el 13 de agosto, cuatro días antes de los comicios del 17. Mientras tanto, la presión interna dentro de Alianza Popular continúa, con demandas que también alcanzan a otras figuras, como la candidata a senadora Susana Bejarano, aunque sin efectos jurídicos inmediatos.





